La Comisión Permanente del Código Modelo Sísmico de América Latina y El Caribe es una organización de carácter no gubernamental, voluntaria y permanente, que tiene por objetivo general promover la elaboración y aplicación de documentación técnica -voluntaria y referencial- en los ámbitos del diseño estructural ante sismos, huracanes, tsunamis, y otros fenómenos naturales, como también métodos y procedimientos para la inspección, control y verificación de las obras, desarrollados por Comités Técnicos Permanentes ad-hoc, conformados por instituciones públicas y privadas, que trabajan de manera colaborativa y solidaria, disponiendo y optimizando los conocimientos, experiencias y recursos para el desarrollo y elaboración de documentos técnicos regionales, fomentando y propendiendo a la convergencia e integración técnica en América Latina y El Caribe, lo que permitirá homologar y mejorar los estándares, alcances, objetivos y contenidos de las normativas nacionales, lo que tiene incalculables beneficios sociales y económicos.
La Comisión Permanente tiene los siguientes objetivos específicos:
- Prospectar y visualizar la necesidad de elaborar documentos técnicos en el ámbito de los objetivos de la Comisión Permanente.
- Promover la elaboración y aplicación de documentación técnica en los ámbitos del diseño estructural ante sismos, huracanes, tsunamis, y otros fenómenos naturales, como también métodos y procedimientos de control y verificación de las obras, y en otros ámbitos similares, que se acuerden en el Directorio de la Comisión Permanente.
- Aprobar la conformación de Comités Técnicos Permanentes para la elaboración de documentación técnica en los ámbitos del diseño estructural ante sismos, huracanes, tsunamis, y otros fenómenos naturales, como también métodos y procedimientos de control y verificación de las obras.
- Establecer relaciones institucionales con todas aquellas instituciones técnicas, públicas, privadas, y mixtas, en el ámbito de la Comisión Permanente y de los Comité Técnicos Permanentes.
- Promover la revisión y actualización periódica de los documentos que se elaboren.
- Difundir la labor de la Comisión Permanente, como asimismo la de los Comités Técnicos Permanentes.
- Promover el cumplimiento de los objetivos del presente Convenio.
- Promover actividades de intercambio permanente de información entre los miembros de la Comisión Permanente, como también con miembros de instituciones similares.
A través de su Directorio, la Comisión Permanente realizará particularmente las siguientes labores:
- Aprobar la conformación de los Comité Técnicos Permanentes para la elaboración de documentación técnica en los ámbitos del diseño estructural ante sismos, huracanes, tsunamis, y otros fenómenos naturales, como también métodos y procedimientos de control y verificación de las obras, y en otros ámbitos similares, que se acuerden.
- Gestionar recursos, postular a fondos públicos y privados que permitan financiar y cofinanciar las labores de la Comisión Permanente, como asimismo de los Comités Técnicos Permanentes.
- Elaborar y aprobar un Reglamento para su funcionamiento.
- Aprobar los proyectos, iniciativas y las mociones a ser presentadas ante los organismos internacionales, multilaterales o nacionales, relacionadas con los objetivos generales.
- Delegar en la Secretaría General las atribuciones que estime conveniente.
- Elegir representantes de la entidad ante órganos e instituciones.